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sábado, 21 de noviembre de 2009

PASALO, RESUMEN DEL ACTA 1ª REUNIÓN APLICACIÓN ART. 41

Resumen reunión Extraordinaria Carrefour Horarios laborales, Art. 41

PUNTO UNICO: MODIFICACIÓN DE TURNOS Y HORARIOS:

Por la Dirección de la Empresa se procede a informar que,
tratándose la presente reunión de modificaciones de horarios
de carácter colectivo, en cumplimiento del artículo 41 del
Estatuto de los Trabajadores.

Que las empresas respetarán los siguientes límites para estas modificaciones:

Esta modificación no podrá suponer la transformación de jornadas continuadas en jornadas partidas.
Por motivo de esta modificación no se podrá alcanzar la jornada máxima diaria más días al año de los que resulte de multiplicar por 3 el número de jornadas anuales en las que se vea reducida la prestación de trabajo del trabajador con motivo de la aplicación del nuevo sistema de cómputo del descanso.
Por motivo de esta modificación tampoco se podrá alcanzar la jornada máxima diaria o bien más de tres días a la semana o bien más de 12 días al mes.
Esta distribución no afectará a los trabajadores con jornada reducida por guarda legal.

AFECTACIÓN SUBJETIVA.
- La reorganización de los turnos y horarios afectará a todos los trabajadores a jornada completa de los Centros de Trabajo, y aquéllos a tiempo parcial que presten servicios 5 o 6 días de media a la semana, que se calculan aproximadamente en 21 .O00 trabajadores
k
Los turnos horarios contendrán una distribución irregular, pero planificada, de la jornada anual, lo más homogénea posible por períodos, teniendo en cuenta 7 los momentos de mayor o menor actividad comercial, las cargas de trabajo y la afluencia de los clientes, a lo largo de los días, las semanas, meses y distintos momentos del año.
TODOS los turnos de trabajo con prestación de 6 días a la semana, rotarán a razón de 1/1 (mañana/tarde o tarde/mañana), 1/2 o 1/3, para permitir con su rotación cubrir las necesidades de la actividad y facilitar el descanso de toda la plantilla.

DESCANSOS:

- La acumulación del tiempo de descanso semanal y el tiempo de interrupción entre jornadas, implicará la separación del medio día de descanso para su disfrute acumulado en períodos de hasta cuatro semanas, generando descansos de un día completo cada 3 o 4 semanas o de dos días cada 5 semanas, para trabajadores que presten servicios 6 días a la semana.

* Turnos rotativos 1 / 1: descanso cada 4 semanas (modelo 6-6-6-5, en todas sus variantes) = 12 días al año;

* Turnos rotativos 1 / 2: descanso cada 3 semanas (modelo 6-6-5, en todas sus variantes) = 16 días al año;

* Turnos rotativos 1 / 3: descanso cada 2-3 semanas (modelo 6-6-5-6-5, en todas sus variantes) = 19 días al año.

- Para trabajadores que presten servicios 5 días por semana, mantendrán el sistema de dos días de descanso semanales, estableciéndose los mismos en función de las necesidades de la nueva organización, para asegurar la prestación de servicios en los momentos de mayor actividad y confluencia de descansos del resto de trabajadores.

Se garantizará que se disfrute por cada trabajador cinco (5) fines de semana de sábado y domingo al año, debidamente planificados y de forma independiente de las vacaciones.

Estos cinco fines de semana no coincidirán con momentos de máxima actividad.

El resto de los descansos se establecerá en un día fijo o rotativo de martes a jueves.





Horarios: Se reparten las horas liberadas de los descansos para cubrir: sábados de todo el año, Navidad-Reyes y Vacaciones de verano.
Así como resto de puntas de trabajo en función de la estacionalidad de los distintos centros y las mayores cargas por días de la semana.

Las modificaciones en las jornadas no podrán suponer:

Jornadas mínimas de 3 horas de trabajo efectivo, para momentos de actividad de duración reducida en el día.

Jornadas máximas de 9 horas de trabajo efectivo, para momentos de actividad máxima durante el horario de apertura.

Las jornadas de 3 y 4 horas no tendrán descanso dentro de la jornada.

Las jornadas de 5 a 7 horas tendrán 1/2 hora de descanso en la jornada que no computa como tiempo de trabajo efectivo.

Las jornadas de 8 y 9 horas tendrán 1 hora de descanso en la jornada que no computa como tiempo de trabajo efectivo.

Los descansos dentro de la jornada no se iniciarán antes de que transcurra una hora de trabajo efectivo.
Por cada día de descanso adicional que se establezca en el calendario de 2010-11, máximo de 3 días de jornada de 9 horas de trabajo efectivo.
Deslizar los horarios adelantando la entrada o retrasando la salida en el caso de que no coincidan con los momentos de actividad o carga de trabajo en la Sección en que se prestan servicios, para adecuarlos a los mismos.

e) POLIVALENCIA:

1. Polivalencia planificada en la distribución de los horarios, salvo Plan de reactividad.

2. Definición de la polivalencia en función del perfil y capacidades de los trabajadores.

3. En cuanto sea posible, no más de dos valencias en el día.

4. Tiempo mínimo en cada puesto de 2 horas salvo cobertura de los
descansos dentro de la jornada de reactividad


MANIFESTACIONES EN EL ACTA DE CCOO

En concreto, por CCOO se manifiesta que no consideran que haya justificación alguna para aplicar el artículo 41 del E.T., no demostrándose fehacientemente razones
económicas, técnicas, organizativas o productivas; y, para dar el descanso semanal así como adecuar las cargas de trabajo en los Centros, hay otras formas que no
desregularicen totalmente la jornada de los trabajadores como plantea la Empresa.

Asimismo, las pretensiones de la Empresa no posibilitan la conciliación de la vida laboral y familiar.

También quieren hacer constar que la información dada no está avalada por documentación que pruebe la necesidad que argumenta la Empresa.

Queda convocada la Comisión de Descanso Semanal de
Hipermercados Carrefour para el próximo día 23 de noviembre, a las 12:OO horas, a efectos de debatir los términos de las modificaciones planteadas, solicitando a los
miembros del Comité que anticipen sus propuestas para que puedan ser contestadas y comentadas por la Empresa en dicha reunión.




Si quieres una copia integra del acta de esta reunión puedes solicitarla en:

ccoocarrefourgalicia@gmail.com

Si tienes alguna duda o no entiendes algo puedes consultarlo en la misma
Cuenta de correo electrónico o en el blog de CCOO CARREFOUR

CCOOCARREFOURGALICIA.BLOGSPOT.COM

SEGUIREMOS INFORMANDO

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