Dudas, consultas, quejas, etc...

jueves, 28 de enero de 2010

COMIENZA LA CAMPAÑA CARREFOUR 2010


Ejercer el derecho de acumulación de lactancia en grandes almacenes no puede suponer perdida económica

Una vez más el Tribunal Supremo nos reafirma en una inicial petición ganada en la audiencia Nacional por CCOO, en el sentido de que la trabajadora que decida disfrutar del derecho a la acumulación del periodo de lactancia recogido en el convenio no puede tener perdida económica de ningún tipo.
Cuestión que venia y quizás siga sucediendo en el sector de Grandes almacenes, que las trabajadoras vean mermados sus ingresos a no cobrar o bien incentivos u otros conceptos salariales variables sujetos a objetivos.
Pues bien el Supremo, lo deja bien claro: ninguna pérdida económica de cualquier tipo puede afectar al disfrute de este derecho.

Porque con esta sentencia el Tribunal Supremo deja al descubierto la vergonzante racanearía Patronal de pretender rebajar el salario de las trabajadoras por ejercer un derecho que ha venido a facilitar la conciliación de la vida laboral y personal.

En este sentido y si como trabajadora has visto rebajado tu salario ( incentivos, etc.) por disfrutar del derecho a la acumulación de la lactancia puedes dirigirte a nuestros representantes sindicales para que pueden orientarte y ayudarte a recuperar lo que es tuyo.

Si quieres la sentencia integra, puedes pedirla en:

ccoocarrefourgalicia@gmail.com

miércoles, 27 de enero de 2010

Porque CCOO

Que porque un sindicato como CCOO y no otro, ya sea de clase con implantación en todos los sectores u otro que solo está en el sector del comercio y basa su independencia en las ayudas que le dan las empresas del sector.

CCOO llevamos mas de 40 años como sindicato, pasamos todo el periodo algido del Franquismo y la transición. Luchando por los derechos de todos. Desde el principio no solo ha habido gente de izquierdas, también ha habido un gran numero de catolicos de centro-derecha, anarquistas, gente que no tenia una posición politica pero si un gran orgullo de ser trabajador.......Todo el mundo que quisiera y que quiera poner su granito de arena tenia y tiene su sitio en CCOO


No por llevar 40 años somos unos carcas y unos antiguos ni nos dedicamos a contar batallitas. Somos un sindicato de clase, que ¿que es un sindicato de clase?

Un sindicato de clase es un sindicato de trabajadores/as para trabajadores/as. Nosotros estamos a un lado de la mesa y la patronal al otro. Somos el primer sindicato de implantación estatal con mas de 1.350.000 afiliados y afiliadas. Los afiliados y afiliados son lo que hace que podamos estar en las mesas de negociación con el gobierno, siempre para mejorar la situación laboral de los trabajadores/as , así como en las mesas de negociación de los convenios colectivos. Hacemos cursos gratuitos para mejorar la formación de todos y todas y son gratuitos porque tenemos una gran base afiliativa que es de donde sale nuestra financiación y porque cumplimos con los requisitos para las ayudas que da la Unión Europea para formación.

Por que CCOO y no otros sindicatos de clase que también tienen implantación en todos los sectores y en todo el estado.

Porque CCOO no le debemos nada a ningún partido político, no estamos amparados por ningún partido político y eso hace que podamos mantener nuestras posturas gobierne quien gobierne ya sea la derecha o la izquierda. Nosostros nos debemos a lo que acordamos en asambleas, congresos y demás órganos de dirección, pero siempre decidimos los afiliados a CCOO.

Por que CCOO y no un sindicato que solo está en el sector del comercio que es donde estamos los de Carrefour Galicia.

Porque los que trabajamos en el sector del comercio no solo vivimos para estar en el trabajo. hay un montón de cosas que nos interesan fuera del trabajo, la formación, la conciliación de la vida familiar y laboral estando mas con los nuestros, ayudar a nuestros mayores pidiendo que se aplique la ley de dependencia y un largo etc... y porque no siempre la palabra independiente significa lo que pone en los diccionarios y esconde otras dependencias muy muy entrelazadas entre los empresarios y los sindicatos independientes del comercio.

CCOO estamos en la negociación de los convenios colectivos, negociamos con el estado todo lo que concierne a los trabajadores,reformas laborales, ley concursal, politica de mujer, inmigración, juventud. Tenemos nuestro propio servicio juridico y gracias al volumen de afiliación podemos tener una guia de servicios para todos los afiliados/as donde hay un montón de descuentos en tiendas, medicos privados, ocio, hoteles, restaurantes, etc...Esto afecta a muchas facetas de nuestra vida y ayuda a que dia a dia estemos mejor.

Nosotros no comerciamos con los intereses de los trabajadores/as.

Pensamos globalmente.
Actuamos localmente.
Afiliate a CCOO.
Somos tu Fuerza.

CONSOLIDACION HORAS DE TRABAJADORES/AS A TIEMPO PARCIAL CAJAS AFECTADOS POR EL ACUERDO CAJAS 18/2/2005.

CONSOLIDACION HORAS DE TRABAJADORES/AS A TIEMPO PARCIAL CAJAS AFECTADOS POR EL ACUERDO CAJAS 18/2/2005.
Los trabajadores a tiempo parcial de la línea de cajas con horario mensual, tiene derecho a consolidar jornada anual de la siguiente manera:
· Los que transformen su contrato en Indefinido consolidarán el 50% de la jornada efectivamente realizada en línea de cajas, que exceda del 20 % de la jornada anual contratada en el momento de la consolidación.
o Ejemplo:

Jornada contratada: 800 horas
Jornada efectivamente realizada durante los 12 meses: 1.100 horas
Diferencia entre J. contratada y J. realizada: 300 horas
20% jornada contratada (800 horas) = 160 horas
300 horas -160 horas= 140 horas de jornada computable
50% de la jornada computable= 70 horas consolidables /año.
· Cada 3 años de servicios continuados tendrán derecho a consolidar, el 50% de la media de la jornada a T. parcial efectivamente realizada en esos 3 años, que exceda del 20% de la jornada contratada en el momento de la consolidación( igual que el ejemplo anterior ,pero se tomará en cuenta la jornada efectivamente realizada durante los 3 años).
o En caso de no opción del trabajador/a por la consolidación, podrá hacerlo efectivo a los 4 años y así sucesivamente.
o La empresa informará a los trabajadores/as afectados anualmente en el 1er trimestre del año, de la jornada inicial contratada y la jornada final anual realizada con las ampliaciones y el número de horas que puede consolidar.
o La segunda y sucesivas consolidaciones, exigirán el transcurso de 3 años desde la última consolidación.
o En el supuesto de que la aplicación de la consolidación implicara que la jornada contratada final fuera superior a la máxima legal para trabajadores a T. parcial que correspondiera al trabajador/a en función de la fecha y norma aplicable a su contratación inicial, la efectiva consolidación requerirá la conformidad del trabajador a la novación de su contrato en tiempo completo.
· Te adjuntamos una carta para que puedas solicitar a tu responsable de cajas información sobre tu derecho a consolidar jornada este año. Recuerda que la solicitud tendrás que hacerla cada 3 años, puedes pedirla a

ccoocarrefourgalicia@gmail.com

martes, 26 de enero de 2010

JUICIO MODIFICACION SISTEMA VACACIONAL EN HIPERMERCADOS CARREFOUR

Ya tenemos la fecha para la demanda que hemos planteado desde CC.OO. por la modificacion unilateral del sistema vacacional en Hipermercados Carrefour.

Será el próximo día 17 de febrero de 2.010 a las 10.30 en la Audiencia Nacional.

domingo, 24 de enero de 2010

33 aniversario asesinato abogados de atocha


Un año más, 33 años ya, conmemoramos el asesinato, el atentado terrorista, contra el Despacho Laboralista de la Calle Atocha, 55, que produjo la muerte de cinco compañeros y compañeras el 24 de Enero de 1977.
Año tras año, la Fundación Abogados de Atocha, conmemora aquel día de miedo, tragedia y dolor. Miedo, dolor, tragedia, que no impidieron que miles de personas acompañasen los féretros de los compañeros asesinados. Año tras año el Patronato de la Fundación concede unos premios anuales que reconocen a personas o instituciones que defienden los derechos laborales y sociales, la libertad, superando el miedo, el dolor, la represión y la tragedia.
En esta ocasión los premios de la Fundación han recaído en Marcos Ana y en Domingo Malagón, dos luchadores por la libertad, cada uno desde lo que mejor saben hacer, la palabra, la pintura y el dibujo. El arte, puesto al servicio de la libertad, como instrumento de cambio. Como expresión de la voluntad de convivencia democrática. Domingo y Marcos han recibido homenajes y reconocimientos nacionales e internacionales pero, sin duda, este premio es un premio joven y cargado de memoria histórica. Un premio que inscribe a sus ganadores en el libro de la Libertad y los Derechos. Un premio incómodo, como incómoda es la memoria de los Abogados de Atocha, tal como nos recuerda Alejandro Ruiz-Huerta. Un premio al compromiso de toda una vida de lucha y al compromiso como parte esencial del futuro.
En esta ocasión el Patronato de la Fundación Abogados de Atocha ha decidido conceder además un reconocimiento a los abogados que defendieron la justicia y el esclarecimiento de la verdad en el juicio por el asesinato de los Abogados de Atocha y a quienes desde Justicia Democrática, defendieron una España democrática, un Estado democrático y de Derecho.
Un año más la Fundación Abogados de Atocha entrega sus premios anuales, como un ejercicio de orgullo y memoria, como una reivindicación del futuro libre, democrático y asentado en derechos laborales y sociales.
33 años después del Atentado de Atocha, la lucha de aquellos jóvenes asesinados en el despacho laboralista sigue tan viva como siempre, porque esa lucha es inseparable de la condición humana a lo largo de la Historia. Lucharon por todos, con las únicas armas de la palabra y del derecho. Y todos les debemos nuestra memoria, nuestro afecto y nuestro compromiso.

Resumen del Acuerdo de Fetico y Fasga con la empresa para la modificación de turnos y horarios


Afecta a todos los trabajadores que trabajan 6 días a la semana, incluidos los TP.
Se exceptúan las/os Trabajadoras/es con reducciones por guarda legal o atención a familiares y los trabajadores que tengan una jornada concertada con hijos 8,9 y 10 años.
Los trabajadores con jornada inferior a 6 días a la semana, sólo se verán afectados en lo que se refiere a la adecuación de los horarios de prestación.
B) ADAPTACIÓN DE TURNOS, HORARIOS Y DESCANSOS.
Los horarios individuales de los trabajadores mantendrán la mayor homogeneidad posible durante el año.
a) Turnos horarios:
1. Turno rotativo (1/1) de mañana/tarde o viceversa mantendrán esta distribución.
2. Turnos rotativos en los que predominen las semanas de mañana, pasarán a rotar mañana/tarde o viceversa (1/1).
3. Turnos rotativos en los que predominen las semanas de tarde, pasarán a rotar mañana/tarde/tarde (1/2).
4. Turnos rotativos de mañana/tarde/tarde mantendrán esta distribución.
5. Turnos de mañana, mantendrán su turno de mañana salvo 1 sábado de cada 4 semanas, en el que prestarán servicios en turno de tarde.
6. turnos de tarde, mantendrán su turno de tarde, salvo 1 lunes de cada 4 semanas, en el que prestarán servicios en turno de mañana.
7. Turnos partidos mantendrán su turno si bien mantendrán una media de 5 días a la semana.
Con el fin de no incrementar las horas que se liberan por los descanso semanales, y que pueda disminuir el tiempo de descanso mínimo entre jornadas en los cambios de turno, se podrá reducir a 7 horas compensándose la diferencia hasta doce en días inmediatamente posterior.
B) DESCANSOS
· Los trabajadores que vinieran trabajando 5 días o menos, no están afectados.
· La acumulación del tiempo de descanso y el tiempo de interrupción entre jornadas , podrá implicar la separación del medio día de descanso para su disfrute acumulado en periodos de hasta 4 semanas, generando descanso cada 3 o 4 semanas, de acuerdo con lo señalado en los siguientes apartados:
1. Turnos rotativos (mañana/tarde/tarde) disfrutarán de 1dia de descanso cada 3 semanas (modelo 6-6-5) = 16 días de descanso = 104 horas de trabajo.
2. Resto de turnos disfrutarán de 1 día de descanso cada 4 semanas (modelo 6-6-6-5) = 12 días de descanso = 78 horas de trabajo a distribuir.
· Se garantiza para todos los trabajadores afectados 5 fines de semana de sábado y domingo, independientemente de las vacaciones.
El resto de descansos se establecerá de la forma siguiente:
a) Los trabajadores con prestación de servicios de 6 días a la semana en turno rotativo mañana/tarde/tarde: (deben disfrutar de 16 días al año) disfrutarán de 5 días de descanso en lunes coincidiendo con los cinco sábados unidos a domingo. Es decir el trabajador realizará 5 sábados unidos a 5 domingos y unidos a 5 lunes. , esto supone un total de diez días al año, los restantes seis días se disfrutarán principalmente en un día fijo que se señalará entre martes y jueves.
b) Todos los demás trabajadores con seis días de trabajo a la semana, afectados por el presente acuerdo disfrutarán de 2 días de descanso en lunes coincidiendo el disfrute con dos de los sábados unidos a domingo, y la diferencia que serian 5 días restantes de los doce que tiene que tener, se disfrutaran de martes a jueves principalmente en un día fijo. (Es decir 2 sábados unidos a domingos y dos lunes, tres sábados más unidos a domingos y 5 días más entre martes a jueves).
· Los días de descanso se fijarán anualmente en el calendario horario individual de cada trabajador en función de la carga de trabajo de la sección/sector.
· En caso de coincidencia de un festivo durante el periodo de vacaciones planificado de un trabajador, se establecerá en su calendario individual otro día de descanso en compensación del mismo.
· En el caso de trabajadores con turno rotativo mañana/tarde o mañana/tarde/tarde, se garantizará que el 20% de los días de descanso se disfruten en turno de tarde.
c) DESCANSOS COMPENSATORIOS DE DOMINGOS/FESTIVOS TRABAJADOS:
Con independencia de que los domingos/festivos de apertura trabajados lo sean por planificación o voluntarios o suma de ambos:
· 12 domingos/festivos, el descanso de uno de ellos se realizará en sábado unido a domingo.
· 18 domingos/festivos, el descanso de dos de ellos en sábado unidos a domingos.
· 24 domingos/festivos, el descaso de tres de ellos en sábado unidos a domingos.
* En el caso de el trabajador preste servicios al menos 3 domingos/festivos de apertura al público en el mes de diciembre, uno de los compensatorios deberá unirse a, uno de los días de descanso semanal establecidos en el acuerdo en los meses de noviembre-diciembre-enero.
d) HORARIOS
1. Jornada anual 1770h y con una jornada media diaria de 6´50.
2. Las modificaciones en jornadas continuadas no se convertirán en jornadas partidas.
3. Jornada mínima diaria 4 horas.
4. La jornada máxima diaria será de 9 horas, no obstante, la jornada máxima diaria se podrá establecer mediante acumulación de horas liberadas, no podrá superior a ocho, salvo sábados en los que el trabajador viniera actualmente realizando turno partido.
5. Las jornadas diarias continuadas de 5 horas no tendrán descanso dentro de la jornada, salvo acuerdo entre las partes ,las jornadas entre 5 y 8 horas tendrán 1/2 h de descanso, y las jornadas de de 8, el descanso se establecerá en función de las necesidades organizativas de la actividad con los límites convencionalmente establecidos.
6. Se establecen las siguientes referencias para las jornadas continuadas de mañana y de tarde en una jornada NORMAL de trabajo:
a) Mañana la finalización no podrá finalizar posteriormente de las 16:00h.
b) El turno de tarde no podrá comenzar antes de las 15:00 horas.
7. Los horarios se deslizarán en el caso de que no coincidan con los momentos de actividad o carga de trabajo en la Sección/sector en que presta servicios el trabajador, adelantando la hora de entrada o retrasando la hora de salida, el límite estará marcado por las normas del horario de mañana o tarde.
8. Para la adecuación de las jornadas no se producirán reducciones de jornadas diarias sobre las que actualmente vengan realizando los trabajadores.
- REPARTO DE LAS HORAS LIBERADAS:
· Se realizarán en fines de semana, vísperas de festivos, campaña de navidad, comprendida entre el 15 de noviembre al 15 de enero, cobertura de vacaciones o descansos de otros trabajadores.

Campaña para echar a los sindicatos amarillos de Grandes Almacenes


miércoles, 20 de enero de 2010

Orden del Dia, Intercentros Febrero 2010




Gracias

AGRADECIMIENTO

Jimena, esto que hemos conseguido es algo mucho más importante que lo que supone para nosotras dos.Desde este momento podremos disfrutar juntas de eso que hace mucho tiempo demandas y que hasta ahora nos han negado. Pero a partir de ahora será mi responsabilidad hacerte entender que todo esto no sería posible sin el compromiso de personas que se preocupan por qué los derechos de los trabajadores sean tenidos en cuenta no sólo en la propia empresa sino también, llegado el caso, en un juzgado.Por ello yo, tu madre y responsable de tu educación y formación me dispongo a dar las gracias en tú nombre y en el mío propio.

Mi más sincero agradecimiento al Sindicato CCOO por poner a mi disposición todos sus medios materiales y humanos, especialmente representados en la abogada Teresa Burgo (Teresa, las dos sabíamos que el final no podría ser otro).También quiero agradecer a MILA , MONICA DOMINGUEZ Y MARIA VELEZ por su compromiso y apoyo incondicional, a PILI FERREIRO por ser un punto de inflexión en esta lucha y mi amiga “para todo y para siempre”.

Gracias mil a JOSE CHAS por ser mi amigo y demostrármelo de la manera que lo hizo. “Jose, la verdad siempre triunfa y así se demostró“·.Por último, muchas gracias a todas mis compañeras y compañeros de departamento que me apoyaron y me “sufrieron”. Para todos vosotros y todos los que os alegráis por Jimena y por mí, mi gratitud y apoyo en todo lo que necesitéis.

ROSALIA GONZÁLEZ- REDONDO LÓPEZ

lunes, 18 de enero de 2010

SENTENCIA GANADA GUARDA LEGAL DE LUNES A VIERNES

Hoy hemos conocido la sentencia de una compañera nuestra de un hiper de Galicia,( su nombre y el hiper lo reservamos) una mujer, madre, trabajadora y compañera excepcional, que a pesar de tener que cuidar en solitario de su hija (ya que es viuda) pero que por desgracia al trabajar para Carrefour y querer ejercer como madre, derechos ambos CONSTITUCIONALES, la empresa dijo NO, pero la justicia dijo SI.

En el juicio se demostró que según el artículo 37.6 del estatuto de los trabajadores la elección del horario corresponde al trabajador/a. Y siguiendo por el 37.-5.6. haciendo prevalecer el horario que más convenga al menor, por ello y en base también a los artículos 14 y 39 de la Constitución Española el interés que prevalece es el de la trabajadora a conciliar su vida laboral con la familiar por encima de la organización de la empresa.

Felicidades, hoy gracias a ti, y ojalá hubiera muchas y muchos más así, todos somos un poquito más libres, gracias por arrimarte a Comisiones Obreras y por confiar en nosotros,

Si algun trabajador o trabajadora quiere una copia de la sentencia nos la puede pedir a:

ccoocarrefourgalicia@gmail.com

TABLAS SALARIALES AÑO 2010














El pasado viernes, 15 de enero de 2.010 la Comision Mixta del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes, para hacer efectiva la subida salarial, que marca el Convenio de Grandes Almacenes, para el año 2.010. El Salario Base para el año 2.010 solo sube un 1% tal y como marca el Convenio, que no olvidemos, fué firmado por las organizaciones Fasga-Fetico.Dichas Organizaciones, hoy estarán muy orgullosas, ya que gracias a "su negociación y buen hacer", los trabajadores y trabajadoras de Grandes Almacenes, vamos a cobrar entre 134 y 150 € anuales de subida salarial. Claro, que si caes de Baja más de una vez este año, puede que tengas que devolverselos a la empresa.










CURSOS GRATUITOS FEDERACION GALEGA DE COMERCIO

Grupo Femxa informao da oferta formativa que a Federación Galega de Comercio (FGC) pon a disposición dos traballadores do sector Comercio, tanto autónomos como de réxime xeral de Galicia. Todos estes cursos non teñen custo algún nen para o traballador nen para a sua empresa, debido a que están financiados pola Consellería de Traballo da Xunta de Galicia e polo Fondo Social Europeo. Isto xenera unha elevada demanda de prazas, así que no caso de estar interesados animámolos a realizar as preinscripcións o antes posible. Os cursos realizanse a través de Internet polo que os alunos poderán beneficiarse dunha formación ó seu propio ritmo e con total flexibilidade de horarios, xa que a plataforma atópase dispoñible 24 horas ó día. É preciso dispor dunha conexión a Internet (cable, ADSL, RDSI) e posuír uns coñecementos básicos sobre o manexo de equipos informáticos e Internet. A documentación precisa para formalizar a matrícula é a seguinte:
· DNI (fotocopia ambas caras)
· Tarxeta sanitaria (fotocopia)
· Cabeceira da última nómina (Con período de liquidación, ou recibo de autónomos, no caso de que proceda) / Tarxeta de demanda de emprego.
Dita documentación debe ser enviada a Grupo Femxa antes das datas de matricula indicadas a continuación:

Data límite de matricula: 19 de Xaneiro de 2010
Data inicio do curso: 26 de xaneiro 2010

Asimesmo, deberán cumplimentar a ficha de inscrición adxunta, sendo importante que inclúa un número de teléfono móbil para facilitar o contacto. Esta documentación poderaa remitir por fax ó 986 494 120 (Att.: Dolores Casares) ou ben por correo electrónico ó seguinte enderezo: dcasares@femxa.com Agardamos que esta información sexa do seu interese e que a traslade a todos os seus contactos que podan estar interesados. Quedamos a sua enteira disposición no teléfono gratuito 900 100 957 ou en comerciogalicia@femxa.com Saúdaos atentamente,

Podes pedir copia de ficha de inscripció ou listado de cursos a:

ccoocarrefourgalicia@gmail.com

Ikea A Coruña inicia el proceso de selección




Hoy día 18 de enero Ikea A Coruña inicia el proceso de selección de la plantilla para su futura tienda. Como en otras aperturas realizadas por Ikea el proceso de reclutamiento o selección de trabajadores estará dirigido a cubrir las áreas de la tienda: ventas, atención al cliente, logística, cajas, restaurante, etc.El nuevo centro de A Coruña ofrece unos 400 puestos de trabajo a personas de todas las edades, con y sin experiencia previa, interesadas en trabajar tanto a tiempo completo como a tiempo parcial.Las candidaturas podrán presentarse, desde el día 17 de enero hasta el próximo 28 de febrero, a través de la web de IKEA (http://www.ikea.es/). Para ello, IKEA ha creado dentro de su página web (http://www.ikea.es/) un espacio específico para que los candidatos puedan dejar sus solicitudes (www.ikea.es/nuevasaperturas). Los interesados deberán completar un formulario con los datos relevantes de su perfil y establecer sus preferencias laborales.Ikea A Coruña aceptara y estudiara todas las candidaturas, independientemente de la fecha de presentación de las mismas. El proceso de selección se prolongará a lo largo de varios meses ya que los puestos tienen distinta fecha de incorporación atendiendo a la formación que requieren.

viernes, 15 de enero de 2010

Sin acuerdo en el Sima, Vacaciones 2010


CCOO IMPUGNA EL CONVENIO DE GRANDES ALMACENES



El pasado 30 de diciembre 2009 la Federación Estatal de Comercio, Hostelería y Turismo de CCOO ha presentado la demanda de impugnación del convenio colectivo de grandes almacenes.La demanda presentada impugna 14 apartados del convenio que entendemos incumplen artículos del Estatuto de los Trabajadores, la Ley Orgánica de Libertad Sindical y, la propia Constitución Española, al haber redactados de artículos en el convenio que ocasionan discriminaciones entre los trabajadores y trabajadoras del sector.
Algunos de los apartados que hemos impugnado y que consideramos importante son:
- La disposición transitoria que permite la aplicación del artículo 41 para modificar la jornada.2- No considerar los excesos de jornada diaria como horas extraordinarias3- La exclusión de los trabajadores y trabajadoras del grupo inicio de los sistemas de incentivos.4- Así como apartados que pueden suponer una discriminación entre los tiempos parciales y los tiempos completos y, que también son una discriminación indirecta a la mujer ya que hay más contratación a tiempo parcial a las mujeres que a los hombres.CCOO cuando decidimos no firmar el convenio lo hicimos convencidos de que era un convenio regresivo que recortaba derechos a los trabajadores y trabajadoras del sector que ya estaban recogidos en el convenio colectivo, pero también pretende recortar derechos recogidos en la propia ley.Confiamos que los magistrados tengan nuestra propia percepción y anulen todas las cláusulas que hemos impugnado por ilegales, no obstante, pase lo que pase cuando salga la sentencia, seguiremos trabajando en las empresas y en los centros de trabajo para paliar sus efectos negativos en la aplicación práctica que hacen las empresas del convenio.

jueves, 14 de enero de 2010

miércoles, 13 de enero de 2010

3 febrero juicio impugnación Convenio Colectivo Grandes Almacenes

El pasado 30 de diciembre 2009 la Federación Estatal de Comercio, Hostelería y Turismo de CC.OO presentó la demanda de impugnación del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes.La demanda presentada impugna 14 apartados del convenio que entendemos incumplen artículos del Estatuto de los Trabajadores, la Ley Orgánica de Libertad Sindical y, la propia Constitución Española, al haber redactados de artículos en el Convenio que ocasionan discriminaciones entre los trabajadores y trabajadoras del sector. Algunos de los apartados que hemos impugnado y que consideramos importante son:- La Disposición Transitoria que permite la aplicación del artículo 41 para modificar la jornada.- No considerar los excesos de jornada diaria como horas extraordinarias- La exclusión de los trabajadores y trabajadoras del grupo inicio de los sistemas de incentivos.- Así como apartados que pueden suponer una discriminación entre los tiempos parciales y los tiempos completos y, que también son una discriminación indirecta a la mujer ya que hay más contratación a tiempo parcial a las mujeres que a los hombres.CCOO cuando decidimos no firmar el Convenio, lo hicimos convencidos de que era un Convenio regresivo que recortaba derechos a los trabajadores y trabajadoras del sector, que ya estaban recogidos en el Convenio Colectivo, pero también pretende recortar derechos recogidos en la propia Ley.El próximo día 3 de febrero a las 10:00h se va a celebrar el juicio en la Audiencia NacionalConfiamos que los magistrados tengan nuestra propia percepción y anulen todas las cláusulas que hemos impugnado por ilegales, no obstante, pase lo que pase cuando salga la sentencia, seguiremos trabajando en las empresas y en los centros de trabajo para paliar sus efectos negativos en la aplicación práctica que hacen las empresas del Convenio.

PREPARACIÓN REUNIÓN INTERCENTROS

El proximo dia 20 de enero, tendremos la reunion preparatoria del Comité Intercentros, que se celebrará el 2 y 3 de Febrero 2010.

Podeis enviarnos los temas que querais que llevemos a la reunion. Gracias.

P.D: Los puntos se elaboran entre todos/as, gracias por colaborar.

ccoocarrefourgalicia@gmail.com

sábado, 9 de enero de 2010

UGT y CCOO se concentran para protestar por el nuevo convenio colectivo de grandes almacenes

Se trata de la tercera protesta y el escenario elegido hoy ha sido el Carrefour Zaraiche de Murcia
Esta mañana un buen número de delegados y delegadas sindicales de UGT y CCOO, han protagonizado la 3ª concentración que las federaciones de Comercio de ambos sindicatos tienen previsto realizar para manifestarse en contra del nuevo Convenio Colectivo de Grandes Almacenes. Ya lo anunciaron en rueda de prensa, el pasado 10 de diciembre, los Secretarios Generales de UGT y CCOO de la Región de Murcia, Antonio Jiménez Sánchez y Daniel Bueno Valencia, y las reivindicaciones siguen siendo las mismas. Se trata de una auténtica desregulación del régimen horario de este colectivo que, a partir de ahora, verán vulnerados sus derechos en materia de regulación horaria, salarial y salud laboral. La firma de este convenio, supone un claro retroceso a las muchas sentencias favorables con las que se cuenta y que avalan que no debían solaparse las 12 horas diarias de jornada con el día y medio semanal. Sin embargo, los que han suscrito este convenio, han permitido desregular hasta en 72 ocasiones que se trabaje un máximo de 9 horas, lo cuál complica bastante el descanso de los trabajadores

viernes, 8 de enero de 2010

CC.OO DENUNCIA ANTE LA AUDIENCIA NACIONAL,

CC.OO DENUNCIA ANTE LA AUDIENCIA NACIONAL,
LA NUEVA PLANIFICACION VACACIONAL, EN CARREFOUR



En vista de que es imposible llegar a ningún tipo de dialogo con la dirección de la empresa, sobre la planificación anual de las vacaciones en Hipermercados Carrefour,
CC.OO. denuncia ante la Audiencia Nacional, la modificación unilateral del procedimiento para el disfrute de las vacaciones, tanto de invierno, como las de verano. El próximo día 15 de enero, se celebrara el Acto de Mediación, en el SIMA.
Durante el pasado mes de noviembre, la empresa presentó (que no negoció) a los Comités de empresa, el nuevo sistema para la distribución de las vacaciones. Imponiendo a los trabajadores turnos vacacionales, y excluyendo otros en los meses de julio, agosto, y septiembre. En dichas reuniones, las secciones sindicales de CC.OO. en los centros, entregamos una carta, manifestando nuestra negativa al nuevo sistema, ya que entre otras cosas:
1. No había sido consensuado con los Comités.
2. Una vez más, no nos demostraban la necesidad, debida a las circunstancias económicas.
3. Vulnera los derechos de los trabajadores y trabajadoras.
A petición de los sindicatos, el 9 de diciembre, nos presentaron, nuevamente en el seno del Comité Intercentros, la propuesta de planificación vacacional. Ahora, de repente se había convertido en PROPUESTA, cuando en los centros, se presentó como obligado cumplimiento, sin que a día de hoy, se haya rectificado en los centros.
CC.OO. El 17 de diciembre de 2.009, en su empeño por esclarecer los motivos reales que llevan a la empresa a otro cambio más en las condiciones laborales de los trabajadores/as, (no olvidemos que ya nos han modificado, turnos, horarios, y hasta puesto de desempeño), vuelve a solicitar a la dirección de la empresa, información sobre los motivos que llevan a la empresa a cambiar el sistema actual de disfrute vacacional, sin que hasta la fecha, hayamos tenido contestación por su parte.

Por todo lo anterior, consideramos necesario una rectificación de este proceso, cuya imposición del procedimiento a seguir, lo consideramos de la máxima gravedad, al no contemplar las necesidades de los trabajadores/as, vulnerando el Convenio Colectivo y dificultando la conciliación de la vida familiar y laboral, significando una clara regresión en los derechos laborales.
Serán los jueces quienes soliciten a la empresa, eso que tiene tanto miedo a mostrarnos, INFORMACION ECONOMICA DE CARREFOUR.

CC.OO. La Firmeza sindical en Carrefour

jueves, 7 de enero de 2010

Ventajas afiliados CCOO,

Turismo y Tiempo Libre, más información:

http://www.ccoo.es/csccoo/menu.do?Servicios:Turismo_y_Tiempo_Libre

Centro de Vacaciones Morillo de Tou

Hostería del Huerna

Centro de Ecoturismo y Formación "El Teularet".

Os Comités do Alcampo de Coia e da Avenida de Madrid continúan coas mobilizacións polo cambio nos horarios de traballo


Pola mañá e pola tarde nas dúas áreas comerciais
Ás doce da mañá e as seis da tarde tiña lugar unha nova mobilización das traballadoras e traballadores de Alcampo. A pretensión de Alcampo de trocar os horarios é consecuencia do último convenio de grandes almacéns, asinado en Madrid o verán pasado por FASGA e FETICO, que mingua considerabelmente as condicións laborais e salariais do persoal. Dito texto permite a posibilidade de realizar xornadas de 9 horas, ás que se engade outra de descanso que non computa como tempo traballado. Isto implica que os empregados poden estar 10 horas no centro de traballo.
Os Comités de Empresa de Alcampo de Coia e da Avenida de Madrid realizaron este xoves novas concentracións motivadas pola posición de Alcampo de modificar os horarios de todo o persoal para este ano 2010, e isto débese a un acordo asinado pola empresa e o sindicato amarelo Fetico.
Horarios incompatíbeis coa vida familiar
Repartiron follas informativas nas que denunciaban que "os cambios que nos impoñen desregularizar, non só os nosos horarios, senón que fan que sexan incompatíbeis coa nosa vida familiar. Por exemplo, un horario de tarde é de 11 a 21, isto quere dicir nove horas de traballo efectivo e 10 de presenza, xa que unha hora é a de descanso sen retribuir. Isto é un dos horarios entre tantos, xa que nos poñen até 15 distintos".

A Carrefour otra vez le han pillado haciendo trampas

A Carrefour lo han pillado haciendo trampas. La Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos ( COAG ) ha interpuesto una denuncia por mal etiquetado de judías verdes. Mejor dicho, no mal etiquetado, si no etiquetado doble, dado que las judías verdes marroquíes, correspondientes a segunda categoría, se les colocaba encima una etiqueta que identificaba el producto como español y por tanto de primera categoría.En rueda de prensa, el secretario provincial, Andrés Góngora, ha precisado que el pasado día 23 de diciembre la organización agraria interpuso una denuncia que ha sido admitida a trámite por el Juzgado de Instrucción número 2 de Almería, al tiempo que se ha notificado la presunta infracción de la compañía a las delegaciones provinciales de Salud y de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía. Góngora ha desgranado que la práctica "fraudulenta" se ha detectado en centros comerciales de los municipios de El Ejido, Vícar y la capital almeriense, así como en Sevilla.

martes, 5 de enero de 2010

CCOO IMPUGNA EL CONVENIO DE GRANDES ALMACENES



CCOO, ante el mayor atropello sufrido por un colectivo de trabajadores/as que superan los 300.000 en el estado y que ha pagado especialmente la crisis económica con la pérdida de más de 45.000 puestos de trabajo a lo largo del año 2009, lleva desde la firma del nuevo Convenio desarrollando una campaña de movilizaciones, en el ámbito de las Secciones Sindicales afectadas, por todo el país. La pérdida de garantías en el empleo fijo, estable y con derechos; la pérdida de poder adquisitivo de los salarios; la pérdida de garantías salariales en periodos de enfermedad, (IT); y lo que es más grave, la desregulación de turnos y horarios aprovechando la condena reiterada del Tribunal Supremo en cuanto al derecho de descanso de 48 horas, que vulnera el derecho de los trabajadores y trabajadoras a la legítima conciliación de la vida laboral con la vida familiar y personal, lleva a CCOO a combinar las movilizaciones con la lucha jurídica, impugnando los nuevos acuerdos de turnos y horarios que nos imponen las empresas en los Comités Intercentros con los 'sindicatos amarillos', e impugnando el nuevo Convenio; con las comentadas movilizaciones en los centros de trabajo de las empresas afectadas en el ámbito estatal. La demanda presentada impugna 14 apartados del convenio que entendemos incumplen artículos del Estatuto de los Trabajadores, la Ley Orgánica de Libertad Sindical y, la propia Constitución Española, al haber redactados de artículos en el convenio que ocasionan discriminaciones entre los trabajadores y trabajadoras del sector.

Los apartados que se han impugnado son:

Art. 4.2. La articulación de la negociación colectiva, al reservar más materias al ámbito estatal que las que prevea el artículo 84 del Estatuto sobre que materias se pueden negociar a niveles estatales y cuales no.

Art. 7. Artículo que regula el periodo de prueba, ya que establece que se descuentan todas las situaciones de IT, cuando el Estatuto establece que solo esto puede ocurrir cuando lo acuerden las partes y no por regulación convencional.

Art. 9. Condiciona el principio de igualdad entre trabajadores y trabajadoras a T/P y a T/C a aquellos que tengan una jornada igual o mayor al 80%.

Art. 9.6. Establece que pasaran a ser fijos aquellos trabajadores con contratos que estén en la empresa 25 meses en un periodo de 30 meses y exceptúa a los contratos de interinidad, relevo, formativos y concertados para el fomento del empleo de minusválidos, incumpliendo lo dispuesto en el Estatuto de los trabajadores.

Art. 10. Se impugna la duración del contrato formativo (hasta 3 años) y la posibilidad de ampliar el número de contratos formativos a través del comité intercentros.

Art. 12. El contrato por obra o servicio, ya que vuelven a incluir a las campañas, incumpliendo así la doctrina del tribunal supremo.

Art. 17. Ascenso al grupo de coordinadores. Su redacción puede suponer una discriminación por género.

Art. 32.5. La no consideración de los tiempos de exceso diarios como horas extraordinarias.

Art. 32.11. La exclusión de los y las trabajadoras a T/P de cajas del calendario laboral.

Art. 47. Discriminación del pago de uniformidad a los trabajadores a T/P

Art. 71. La creación de la comisión sindical por vulnerar la libertar sindical al excluir a organizaciones sindicales no firmantes del convenio pero presentes en el sector.

Art. 75 y 76. Incumplimiento de diferentes artículos de la LOLS, en cuanto a información a los trabajadores y la afiliación.

Disposición quinta. Exclusión de los trabajadores del grupo de inicio de los sistemas de incentivos.

Disposición transitoria para la aplicación del descanso semanal. Por incumplimiento del Art. 41, al decidir las partes firmantes preconstituir con carácter general para todo el sector una causa organizativa ajena al principio de causalidad.

lunes, 4 de enero de 2010

NOTA SOBRE EL ACUERDO Art. 41

NOTA SOBRE EL ACUERDO Art. 41 MODIFICACION DE HORARIOS FIRMADO POR FETICO Y FASGA EL PASADO DIA 22 EN INTERCENTROS CARREFOUR
INFORMACION

Como ya sabéis el pasado día 22 se firmo dicho acuerdo, por dos de los cuatro sindicatos que integramos el Comité Intercentros. CC.OO. no ha suscrito este acuerdo de Hipermercados Carrefour, porque como ya hemos dicho en comunicados anteriores, no creemos que hayan causas suficientes para aplicar un Art, 41, que modifiquen las condiciones laborales de la inmensa mayoría de los que trabajamos en esta empresa.
Por lo tanto explicaros de que va este acuerdo, no es una tarea fácil, ya que su articulado, deja mucho que desear porque se parece mas a un Convenio de Grandes Almacenes, que a un Acuerdo de Empresa, por su INCOMPRENSIÓN, INTERPRETACION Y TECNICISMOS, Y como no queremos caer en esa tentación, la de interpretar, vamos a esperar a que NOS CONSULTEN Y EXPONGAN SU VERDADERA APLICACIÓN Y AFECTACION EN LAS PLANTILLAS, EN LOS COMITES DE CENTRO.
CC.OO. y su gabinete jurídico estamos estudiando la posibilidad de denuncia, pero también tenéis que saber que si alguno de vosotros cuando llegue su aplicación, y os den el calendario laboral del año 2010, y no estéis de acuerdo con el, TAMBIEN PODEIS DENUNCIARLO, Y para ello CC.OO. estamos a vuestra disposición para asesoraros y ayudaros en todo lo que necesitéis. GRACIAS, GRACIAS a todos los trabajadores y trabajadoras de Hipermercados Carrefour por ser tan pacientes y soportar todos los envites y cornadas, que da esta empresa junto con sus sindicatos afines.
CC.OO. La Firmeza Sindical en Carrefour

domingo, 3 de enero de 2010

Carga policial en Pamplona durante una la huelga por la apertura dominicial







La Policía Nacional cargaron ayer contra trabajadores y sindicalistas de UGT, ELA, CC OO y LAB que se habían concentrado ante las puertas del Corte Inglés de Pamplona durante la jornada de huelga convocada en los centros comerciales que han abierto ayery al público. Los cuatro sindicatos han convocado para domingo y lunes una jornada de huelga en los centros comerciales de Navarra que han optado por cambiar la prevista apertura de Jueves Santo por la del domingo 3 de enero, para aprovechar el aumento de compras provocadas por la cercanía de la festividad de Reyes.
Para protestar por estas aperturas, unas 500 personas, convocadas por los sindicatos, se concentraron hoy a partir de las 9:30 horas en la Plaza del Vínculo de Pamplona, junto al Corte Inglés, donde se produjo un primer incidente cuando la Policía Nacional desalojó a empujones a un piquete informativo que ser encontraba en la puerta de entrada de personal.
Hacia las 11,30 horas, llegaron al lugar cuatro furgonetas de la Policía Nacional, que dispersaron a porrazos a los piquetes informativos que se encontraban frente a las puertas de entrada de El Corte Inglés, lo que hizo que los sindicalistas se alejaran unos metros del centro comercial.
En este sentido, han asegurado que se ha atendido en centros sanitarios a entre 25 y 30 personas a consecuencia de la carga policial y han anunciado que exigirán responsabilidades "por la actuación desproporcionada e injustificada por parte de la Policía Nacional".
Los piquetes informativos se mantuvieron ante las cuatro entradas del centro comercial, donde silbaron y gritaron a los clientes que entraban al mismo, al igual que a los vehículos que accedían al aparcamiento, donde agentes de policía también vigilaban a los sindicalistas.
Los representantes sindicales denunciaron en conferencia de prensa esta carga policial, en la que según han afirmado se han producido entre 25 y 30 heridos, y han anunciado que exigirán responsabilidades por ello. La Delegación del Gobierno en Navarra lamentó estos incidentes y anunció que «recabará toda la información al respecto para conocer los hechos».
En un comunicado, la delegación señaló que no se le había presentado ninguna solicitud de convocatoria de concentración en Pamplona y añadió que los agentes realizaron «múltiples requerimientos a los concentrados para que dejaran libres los accesos al centro comercial»,

AÑO NUEVO, CUIDADO CON ENFERMAR

El año nuevo a llegado y el 2010 comienza con un regalo de reyes adelantado. Hoy, los trabajadores de Carrefour y de grandes almacenes hemos perdido el 100% de la IT. A partir de hoy no tenemos derecho a ponernos enfermos porque nos implica perder dinero de nuestro bolsillo y quizás, aún si cabe, más dificultades para llegar a final de mes.Demos las gracias a esta patronal y a Fetico y a Fasga por considerar que todas las enfermedades que no conlleven hospitalización y que no sean laborales son fraude. Y a estos les preguntamos (deseando que no ocurra):
A UN TRABAJADOR CON CANCER: ¿TENDRÁN EL VALOR DE DESCONTARLE LOS TRES DÍAS DE SALARIO?
A UN TRABAJADOR CON GRIPE A: ¿TENDRÉIS EL VALOR DE OBLIGARLO A NO VENIR A TRABAJAR?

EN DEFINITIVA: ¿TENDRÉIS EL VALOR DE DESCONTARLE EL SALARIO A ALGUIEN CON UNA ENFERMEDAD COMPLICADA QUE NO CONLLEVE HOSPITALIZACIÓN?

Valor no lo sabemos, pero si sabemos que no tenéis escrúpulos y también sabemos que mirareis con la cabeza baja, muertos de vergüenza, cuando alguien os recrimine, porque no es justo para nadie lo que habéis firmado.