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jueves, 28 de enero de 2010

Ejercer el derecho de acumulación de lactancia en grandes almacenes no puede suponer perdida económica

Una vez más el Tribunal Supremo nos reafirma en una inicial petición ganada en la audiencia Nacional por CCOO, en el sentido de que la trabajadora que decida disfrutar del derecho a la acumulación del periodo de lactancia recogido en el convenio no puede tener perdida económica de ningún tipo.
Cuestión que venia y quizás siga sucediendo en el sector de Grandes almacenes, que las trabajadoras vean mermados sus ingresos a no cobrar o bien incentivos u otros conceptos salariales variables sujetos a objetivos.
Pues bien el Supremo, lo deja bien claro: ninguna pérdida económica de cualquier tipo puede afectar al disfrute de este derecho.

Porque con esta sentencia el Tribunal Supremo deja al descubierto la vergonzante racanearía Patronal de pretender rebajar el salario de las trabajadoras por ejercer un derecho que ha venido a facilitar la conciliación de la vida laboral y personal.

En este sentido y si como trabajadora has visto rebajado tu salario ( incentivos, etc.) por disfrutar del derecho a la acumulación de la lactancia puedes dirigirte a nuestros representantes sindicales para que pueden orientarte y ayudarte a recuperar lo que es tuyo.

Si quieres la sentencia integra, puedes pedirla en:

ccoocarrefourgalicia@gmail.com

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